La Audiencia ve ‘acuerdos pendientes de desentrañar’ en las cuentas de Bárcenas

El ex tesorero del PP seguirá en prisión al menos durante el tiempo que tarden los investigadores en descubrir su «real actividad» en el extranjero, que le ha proporcionado «ingentes cantidades de dinero» de procedencia «no acreditada» controlado por Luis Bárcenas o por personas vinculadas a él «por algún acuerdo pendiente de desentrañar».

La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha dado un rotundo espaldarazo a la decisión del juez instructor, Pablo Ruz, de encarcelar al ex tesorero del PP, que hoy cumple sus 33 días en la prisión de Soto del Real.

Fue una resolución «adecuada, cabal y ponderada», «lógica», «sólida»... La Sección Penal Cuarta, en un auto con ponencia del magistrado Juan Francisco Martel, no ahorra calificativos favorables a la privación de libertad de Luis Bárcenas, cuya actitud procesal le merece serios reproches por su «falta de transparencia» y por sus «vagas y confusas declaraciones» que, considera, «ha impedido el conocimiento de sus actos». Y advierte: pese a ello, los hechos «van saliendo a la luz lenta e inexorablemente».

La Sala no alberga «la menor duda» de que la prisión incondicional del imputado «resulta necesaria» para contrarrestar un riesgo de huida y de alteración, ocultación e incluso destrucción de pruebas que los magistrados consideran «claro». Riesgos «serios e intensos», afirman en otro momento.

Por ello, han desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del ex tesorero del Partido Popular, que deberá esperar entre rejas el resultado de las comisiones rogatorias enviadas al extranjero para indagar sobre su extraordinaria fortuna en Suiza y –creen los investigadores– en otros países.

Para la Sala, el resultado de las últimas indagaciones «ha agravado su situación» hasta el punto de convertir en insuficientes las medidas cautelares adoptadas contra él el 25 de febrero (presentaciones en el Juzgado cada 15 días, prohibición de salir del territorio nacional y retirada del pasaporte).

«Contestándonos a la pregunta de si el imputado ofrece hoy día la confianza de afrontar el riesgo de no sustraerse a la acción de los órganos judiciales, la respuesta que damos es claramente negativa», indica la Sala, que aprecia una «clara diferencia» con la situación de hace cinco meses, «pues desde entonces ha crecido y se ha fortalecido la esfera indiciaria de sus responsabilidades penales, no sólo a través del aumento de los tipos aplicables sino porque se han agravado de modo determinante las incriminaciones que le afectan».

De un lado, al catálogo de delitos que se le atribuían indiciariamente hasta ese momento (contra la Hacienda Pública, cohecho y blanqueo de capitales) se han sumado otros dos, falsedad en documento mercantil y estafa procesal. Ambos se relacionan con el supuesto intento de engañar al Juzgado con documentos elaborados ad hoc para eludir la imputación de delito fiscal, simulando la compraventa de obras de arte a una marchante argentina que ha desvelado el ardid.

De otro, las últimas contestaciones de las autoridades helvéticas sobre las cuentas que Bárcenas abrió en el antiguo Dresdner Bank y en Lombard Odier de Suiza han puesto de manifiesto la existencia de «ingentes cantidades de dinero, de procedencia no acreditada actualmente, que figura en cuentas bancarias de la titularidad del imputado, de sociedades por él controladas o bien de personas por él apoderadas o con él vinculadas por algún acuerdo pendiente de desentrañar».

Quedan «importantes lagunas de conocimiento» sobre la «real actividad» de Bárcenas en el extranjero, dice la Audiencia. «Los evidentes contactos del interesado con personas que pudieran facilitar su sustracción a la acción de los Tribunales, debido a las relaciones opacas y oscurantistas en las que desarrolla sus actividades, acrecienta sobremanera el riesgo de fuga», estima la Sala, que no reprocha a Bárcenas que guarde silencio sobre el origen de su fortuna, pero le recuerda que esa actitud «no es neutra».

La Sala no ve una «actitud de sincera y eficaz colaboración» de Bárcenas, que hasta ahora se ha «limitado» a dar «algunas explicaciones sobre una concreta y tangencial variante del voluminoso abanico incriminatorio que le afecta». Los magistrados se refieren a la confesión del ex tesorero del PP en la pieza en la que se investiga la «posible existencia de una contabilidad B del PP que pudiera haber generado un fluido de ingresos no declarados, lo que indiciariamente podría haber acarreado la perpetración de un delito contra la Hacienda Pública, sin perjuicio de otros muchos relacionados con las malas prácticas políticas, incluidas las entregas de dinero a personas sin existir justificación para ello y soslayando la contabilidad oficial».

Para el tribunal, la opción de imponerle una fianza y someterle al control de una pulsera telemática no es viable porque no conjura el riesgo de alteración de pruebas.